Considerar el estudio de títulos como diligencia esencial para la buena fe del adquirente es un error. La buena fe es un estado de certeza íntimo de quien contrata, no una opinión profesional del escribano. El CCCN no ha modificado la presunción de buena fe. Su redacción es una reafirmación de la función legitimante del escribano, perfectamente cumplida con la constatación de matricidad.
Tema: Diferencia entre latino y sajón
El régimen internacional de las obligaciones
La teoría de las obligaciones los Principios de UNIDROIT. Análisis comparativo de algunas máximas y principios legales de los derechos anglosajón y romanista. Derecho comparado latinoamericano.
¿Qué es lo que hace un notary public?
Función de los notaries public de los Estados Unidos de Norteamérica e instrumentos más comunes.
Sobre latinos y sajones*
[*] Publicado en Pódium Notarial, Guadalajara, Colegio de Notarios del Estado de Jalisco, nº 40, junio 2012, pp. 41-50. La presente versión ha sido revisada y corregida por el autor. […]