Considerar el estudio de títulos como diligencia esencial para la buena fe del adquirente es un error. La buena fe es un estado de certeza íntimo de quien contrata, no una opinión profesional del escribano. El CCCN no ha modificado la presunción de buena fe. Su redacción es una reafirmación de la función legitimante del escribano, perfectamente cumplida con la constatación de matricidad.
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Estudio de títulos. Expediente sucesorio extraviado. Prescripción. Código Civil
Dictamen de la Comisión de Consultas Jurídicas del Colegio. Estudio de títulos. Expediente sucesorio extraviado. Buena fe. Diligencia. Prescripción adquisitiva, liberatoria, breve, usucapión. Observabilidad.
La evolución del estudio de antecedentes y el requisito de buena fe del artículo 392 del Código Civil y Comercial
Evolución del rol notarial en el estudio de títulos. El escribano, especialista en dictaminar la legitimidad de los antecedentes dominiales. Inconveniencia de observar títulos antiguos por defectos formales o materiales. Debe ser realizado conforme a los principios de conservación, de los actos propios, de la teoría de la apariencia, la buena fe, el de coherencia y el de propiedad.
Estudio de títulos de donaciones hechas a herederos forzosos en el Código Civil de Vélez y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
Cómo considerar en un estudio de títulos aquellos provenientes de donaciones hechas a herederos forzosos en el CCCN. Análisis de de posturas doctrinarias ya ensayadas con la vigencia del Código Civil. Posibles subsanaciones ante la observabilidad.
Imagen: Colegio de Escribanos.
Poder. Error. Interpretación de los contratos. Buena fe. Justo título
Dictamen aprobado en forma unánime por los miembros de la Comisión de Consultas Jurídicas del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.