Doctrina. Eficacia y fuerza probatoria del Certificado Notarial de Actuación Remota. Enfoque procesal. Análisis de certezas sobre el fin de la prueba. Modernización del notariado y seguridad jurídica.
Etiqueta: Artículo 296 CCCN
Del orden cronológico en las escrituras públicas
Nulidades instrumentales. La fecha enunciada en la escritura goza de plena fe. No se ha contemplado como causal de nulidad la falta de orden cronológico; por ende, su ausencia no invalida la escritura. Para que así lo sea, en razón de la fecha expresada, debe ser declarada falsa en juicio civil o criminal.