Rama: Parte General

El documento notarial digital y su aporte frente a cuestionamientos jurídicos del documento

Documento electrónico y firma digital no importan una nueva forma jurídica. La forma impuesta del acto público determina la existencia del documento público notarial digital por la labor e intervención del notario. Intervención notarial en los documentos electrónicos.

Poder sin matriz. Calificación de la buena fe de los subadquirentes

Poderes; calificación notarial; legitimación del disponente; falta de matriz; prescripción; buena fe; ultractividad; artículo 7 CCCN; estudio de títulos; justo título; buena fe.

Reconstitución del protocolo y reproducción del acto. Inexistencia de la previsión del artículo 1011 del Código Civil en el Código Civil y Comercial de la Nación

Se analizan los artículos 300 CCCN, 778 y 779 CPCCCN, 29 LR, 89 Ley 404, resoluciones del Colegio de Escribanos CABA y doctrina aplicable. Procedimiento a seguir. Subsanación: robo, hurto, extravío o destrucción. Modelos sugeridos.

La aplicación del protocolo digital

Nuevas tecnologías y notariado. Aplicación del protocolo digital. Ley de Firma Digital y SAS. Circulación e inalterabilidad de la información. Instrumentación y matriz digital. Certificación notarial digital. Instrumentos digitales y firmas digitales auténticas. Modernización.

Coexistencia de dos mundos. El impacto del mundo digital en el ordenamiento jurídico

Adaptación del derecho a la tecnología. Informática jurídica decisoria. Manejo y uso de redes virtuales. Firmas electrónicas y digitales. Prueba electrónica. Matriz digital, protocolo digital, smart contracts. Residencia digital. Fe pública. Modernización. Transformación de la función.

Teoría de la invalidez. De la teoría de la confrontación a la ampliación del aspecto positivo de la invalidez y de la ineficacia

Replanteo de la teoría de la nulidad. Función preventiva. Mecanismos de garantía del tráfico jurídico, circulación de riqueza y paz social. Convalidación de los derechos reales. Prescripción adquisitiva como herramienta equilibradora ante nulidades. Valores negociales, autonomía privada, buena fe contractual y principio de conservación del negocio.