Doctrina. Diferencia entre contenido y continente, hecho autenticado y hecho auténtico. Caso real: estafa, sustitución de persona. Nulidades del acto y del instrumento, mala fe. Extinción de mandato en Uruguay. Litisconsorcio. Responsabilidad del escribano.
Rama: Obligaciones
Compraventa. Omisión de individualizar la unidad complementaria en el poder
Dictamen. Compraventa de UF y UC de un mismo edificio. El poder individualiza solo la UF. Calificación notarial. Naturaleza del negocio y objeto de la prestación. Obligación del mandatario, objeto del apoderamiento y extensión de la obligación de dar.
La letra hipotecaria a veinticinco años de la sanción de la Ley 24441
Doctrina. Impacto del CCCN en la Ley 24441. Letras hipotecarias: marco jurídico, características, clases y usos. Jurisprudencia. Derecho a vivienda digna. Protección del consumidor.
Compraventa judicial no es subasta, no corresponde su protocolización
Dictamen. Compraventa judicial. Subasta de inmueble. Liquidación en quiebra. Protocolización. Ineficacia de los actos jurídicos. Nulidades. Boleto.
Alcances del deber de responder del escribano en el Código Civil y Comercial
El escribano no es garante de todos los riesgos que pueden presentarse durante su actuación. Solo algunos de los débitos que asume son obligaciones de resultado. Distingo entre actos instrumentado e instrumental. Obligaciones de resultado y de medios. Naturaleza de las involucradas en la función notarial.
La causa, los considerandos y la fuerza vinculante del contrato
La existencia de causa es esencial para que el acto subsista. La falta de causa podrá dar lugar a la nulidad, adecuación o extinción del contrato. Así, en el CCCN la causa fin es un elemento esencial y, como tal, debe existir al tiempo de la negociación, celebración y durante toda la ejecución del contrato. Pero la causa-motivo requiere exteriorización en los considerandos contractuales.